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3.2.
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DEBERES DE LOS USUARIOS
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Los usuarios de
las Instalaciones Deportivas del Patronato estarán obligados a:
- Abonar la tasa indicada con anterioridad al uso de la
instalación.
- Abandonar la instalación una vez finalizada la actividad en la
que participe o se encuentre inscrito. Los usuarios de la última hora del
día (Ejemplo de 21 a 22 horas o de 23 a 24 horas) se comprometen a
abandonar la instalación en un máximo de 10 minutos una vez finalizado su
período de utilización. El no cumplimiento de este artículo es causa
suficiente de modificación de las condiciones de uso.
- Presentar la acreditación que fuese necesaria para su
identificación como usuario de la instalación, al empleado que así se lo
solicite.
- Atender las indicaciones de los empleados de las instalaciones
en todo lo concerniente al uso de la misma, del material o mobiliario que
allí se encuentre depositado.
- Custodiar el carnet o documento que acredite su condición de
usuario, no pudiendo cederlo o transferirlo a un tercero, hecho por el
cual podrá ser sancionado.
- Hacer uso exclusivamente de la unidad que tenga solicitada en
el horario establecido.
- Abonar los gastos que ocasionen el uso inadecuado,
desperfectos, roturas, o similares de las instalaciones y del material o
mobiliario que allí se encuentre.
- Los responsables de las distintas entidades que tengan un
concierto de uso cuidaran del cumplimiento de las distintas normas de
funcionamiento:
- Cuidar de que se cumplan las condiciones de uso de la
instalación.
- Atender las indicaciones de los empleados de las instalaciones
relativas al uso de la misma o del material y mobiliario con el que están
equipadas y cuidar de que los miembros de grupo atiendan dichas
indicaciones.
- Recoger y entregar en la oficina de la instalación las llaves
de los espacios deportivos y complementarios que utilicen, cuidando de que
estos queden cerrados una vez finalizada la actividad.
- Instalar y retirar el material y mobiliario deportivo del que
hagan uso durante la actividad.
- Firmar los partes de asistencia y otros documentos de control
que le presenten los empleados de la instalación.
Serán causa
de rescisión del concierto de uso:
- El incumplimiento por parte del titular de las obligaciones
contraídas en la autorización, y en concreto, de las condiciones de uso de
las instalaciones y de las instrucciones dictadas por el personal de las
mismas.
- La no utilización del recinto deportivo para los fines
solicitados.
- La alteración del orden en el interior del recinto.
- La producción de desperfectos, deterioros y daños que se
ocasionen a la instalación.
